La norma marco de referencia en nuestra jurisdicción es la Ley 31/95 de Prevención de Riesgos Laborales, que se estructura sobre la base de la prevención como eje del sistema de responsabilidad.
La norma establece de forma expresa el derecho de los trabajadores a una protección eficaz en materia de seguridad y salud en el trabajo, lo que supone el correlativo deber de protección del empresario cara a sus trabajadores frente a los riesgos laborales.
Los derechos de información, consulta y participación, formación en materia preventiva, paralización de la actividad en caso de riesgo grave e inminente y vigilancia de su estado de salud, forman parte de las obligaciones del empresario para una protección eficaz de sus trabajadores en materia de seguridad y salud en el trabajo
Los accidentes laborales abarcan tanto los accidentes que ocurren dentro de la jornada laboral como aquellos que tienen lugar en alguno de los trayectos desde/hacia el lugar de trabajo, llamados accidentes “in itinere”.
Nuestro equipo está especializado en reclamaciones por accidentes laborales, tanto en la jurisdicción civil como en la jurisdicción social, representando a nuestros clientes con todas las garantías a la hora de tratar de obtener una indemnización que repare de modo íntegro el daño sufrido.
Nos encontramos ante situaciones complejas en las que nuestras abogadas diseñarán la mejor estrategia para el caso teniendo en cuenta que la ley del país donde ocurre el accidente será, en principio, la que rija la responsabilidad, la valoración económica de los daños y la prescripción de la acción.
Nuestras consolidadas alianzas con abogados y expertos en la mayoría de las jurisdicciones nos permiten afrontar los retos que suponen este tipo de reclamaciones transfronterizas con garantías de éxito, asegurándonos que los derechos de los perjudicados son protegidos.
En este sentido, representamos tanto a nacionales españoles desplazados a otros países por causas laborales y que puedan sufrir un accidente en este contexto, así como a trabajadores extranjeros que sufran un accidente laboral en nuestra jurisdicción.